Relación de puestos de trabajo.
La relación de puestos de trabajo y sus modificaciones se aprueban por el Síndico de Cuentas, oídos los Auditores, especificándose en ella las características de los puestos y su forma de provisión. En todo caso, se da traslado a la Mesa de las Cortes.
La Relación de Puestos de Trabajo vigente contempla la siguiente configuración:
Relación de Puestos de Trabajo
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